¡Energía, volvió la subasta!

Los únicos recursos de generación que pueden participar en la subasta son los solares, eólicos y las plantas a filo de agua.

JULIO 24 DE 2019

El Ministerio de Minas y Energía publicó los términos y condiciones de la subasta de renovables que se realizará este año en Colombia, la cual tiene como objetivo principal seguir materializando la integración de las Fuentes No Convencionales de Energía Renovable. De allí que los únicos recursos de generación que pueden participar en esa subasta son esos, principalmente los solares, eólicos y las plantas a filo de agua o también conocidas como Pequeñas Centrales Hidroeléctricas, Pchs, todas con generación variable.

Otro punto a resaltar es que todas las reglas comerciales serán las del Mercado de Energía Mayorista, en especial aquellas que tiene que ver con las funciones del administrador del mercado, Centro Nacional de Despacho y el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales, el ASIC.

En esta subasta el producto que se adjudica es un contrato, que podrá tener entre 10 y 20 años de vigencia. Así mismo, existe una serie de obligaciones pre y post contractuales que recomiendo identificar para evitar contratiempos, preferiblemente de la mano con profesionales que hayan estado en el sector para garantizar un mejor entendimiento de esas obligaciones. Por otra parte, a diferencia de las anteriores reglas, en esta ocasión se está siendo contundente en permitir solo la participación de energías renovables, esto en el pasado despertó reacciones encontradas. Incluso, en su momento suscitó una demanda en la que se argumentó violación del principio de neutralidad tecnológica y barreras de entrada. Yo soy de lo que piensa que esta subasta debe ser exclusivamente para las renovables y esto obedece a que con ello se da la oportunidad para que ingresen nuevos agentes prestadores del servicio de generación.

Pero además, porque existe la subasta de las obligaciones de energía en firme del cargo por confiabilidad, en donde pueden participar diferentes tecnologías. En cuanto al precio que se pagará por la energía ofertada, se estableció un tope máximo que definirá la CREG en pesos colombianos por kilovatio hora. Este tope será vital en la medida que el generador que oferte un precio por arriba de ese tope no será considerado en la adjudicación. Lo que tiene que ver con las reglas de competencia serán definidas por la CREG y lo que se ha sugerido en algunos escenarios es que revise con especial cuidado los límites de integración y posición dominante que tienen algunos agentes en el mercado.

Respecto de la capacidad instalada con la que se puede participar en la subasta, esta se ha fijado a partir de 5 MW, y para ello la CREG propone en su resolución 072 de 2019, extender la opción de acceso al despacho central, a plantas menores de 20 MW. En donde el principal cambio es que las plantas entre 5 MW y 20 MW tienen la opción de entrar o no al despacho centralizado de energía. La regla vigente lo que define es que esa opción es para plantas entre 10 MW y 20 MW, la están bajando a 5 MW. Para finalizar, volvió la subasta de las renovables y ahora no le da miedo asumir su naturaleza y vocación, es decir, la de integrar las Fuentes No Convencionales de Energía Renovable a nuestra matriz energética.

​Hemberth Suárez Lozano
Abogado y socio de OGE Legal Services

Tomado de El Portafolio