Hay que mantener reglas que no afecten la libre competencia, la seguridad jurídica sectorial, ni la sostenibilidad del sector eléctrico.
De manera cíclica cuando se presenta un nivel bajo en los embalses y los aportes hídricos no son los esperados, aparecen los anuncios apocalípticos del apagón. Asunto que afortunadamente no se ha dado desde 1991, por tener una política y un sector eléctrico confiables. No hay la menor duda que debemos seguir haciendo mejoras a estos y asegurar los proyectos energéticos de expansión que garanticen el abastecimiento en el largo plazo.
Según el operador del mercado eléctrico, XM, con corte al 12 de mayo, el nivel agregado de los embalses estaba en 32,46% y las precipitaciones en el 57,03% con respecto al histórico, aunque esperamos una recuperación.
Esto exige del sector una atención especial y seguimiento continuo a las variables hidrológicas; revisar la programación de los mantenimientos preventivos de las plantas generadoras; considerar fuentes adicionales como autogeneración e importaciones de energía desde Ecuador, entre otras.
Los generadores eléctricos han entregado la energía requerida, incluyendo aquella a partir del gas importado de la planta regasificadora del Caribe, que ha permitido reemplazar los combustibles líquidos en esta actividad.
También hay que tener en cuenta que la Covid-19 ha cambiado el panorama de la demanda en el país. Los análisis muestran cifras negativas de crecimiento económico en escenarios que van de -2,7% a -7,0% para 2020 y una recuperación tenue para el 2021, por lo que las últimas estimaciones de demanda eléctrica de la UPME de octubre de 2019 ameritan una reducción acorde con esto.
Por eso es importante indicar que la propuesta de la Comisión de Regulación de Energía y Gas de la activación inmediata del mecanismo previsto en el Estatuto de Desabastecimiento, mediante la cual se exige a las hidroeléctricas embalsar mayor cantidad de agua y a las térmicas aumentar su generación, inserta discrecionalidad al despacho económico.
A nuestro juicio, es una medida de intervención en el mercado de energía que modifica el mecanismo actual y debería ser la última opción. Esto puede minar el modelo y estabilidad del mercado que en más de 25 años, por virtud de las leyes 142 y 143 de 1994, han demostrado la capacidad y eficiencia para atender situaciones complicadas en términos de hidrología, en especial con reglas claras y objetivas para el sector mitigando riesgos de subjetividad que conlleven a distorsiones en precios.
Hace diez años, se aplicó una medida similar que implicó mayores precios de la energía para la demanda, y bajo este escenario se sumaría a la difícil situación económica derivada de la emergencia que afecta a la población; sin desconocer que el Gobierno Nacional ha tomado medidas para la protección de los segmentos más vulnerables.
Por ello consideramos que la intervención planteada debe revisarse y si se decide adoptarla, debe contemplar las lecciones aprendidas, haciendo un análisis integral de todas las variables según el beneficio esperado con la revisión de los escenarios poco probables y sus costos, así como definir los indicadores para levantar la intervención y revisar el Estatuto actual. En general, hay que mantener reglas que no afecten la libre competencia, la seguridad jurídica sectorial, ni la sostenibilidad del sector eléctrico y su eficiencia, como hasta ahora lo hemos hecho.
Camilo Sánchez Ortega
Presidente de Andesco
Tomado de Portafolio