Fuerza mayor: ¿probar lo evidente?

Tomado de Portafolio

Si pedimos imposibles, aún con buenas intenciones, terminamos siendo “más papistas que el Papa”.

Uno de los efectos de la covid-19 en el ámbito jurídico ha sido el incumplimiento de obligaciones en materia civil, comercial, laboral y de contratación pública. La pandemia y medidas como cuarentenas y estados de excepción han dificultado el cumplimiento de compromisos pactados y plantean el uso de figuras como la fuerza mayor y el caso fortuito, concebidos para regular situaciones excepcionales. Lo incomprensible es que se pongan trabas improcedentes que no permiten su aplicación inmediata, en detrimento de los prestadores, para este caso.

En los servicios públicos domiciliarios estas categorías operan como eximentes de responsabilidad por fallas en la prestación del servicio que, en condiciones normales, dan lugar a indemnizaciones a favor de los suscriptores o usuarios y a cargo de las empresas prestadoras.

La regulación alude expresamente a ellas con el fin de reconocer situaciones que claramente no están bajo el control de los operadores y que, por lo tanto, no pueden ser ignoradas en la metodología de remuneración, concretamente, en la medición de la duración y frecuencia en el suministro del servicio. Tal es el caso de la Resolución N° 015 de 2018 de la Creg, en virtud de la cual eventos como las catástrofes naturales (terremotos, maremotos, huracanes, etc.), así como los actos de terrorismo, no cuentan en el cálculo de los indicadores de calidad promedio y calidad individual.

Es loable el propósito de su reconocimiento, sin embargo, lo que se hace con la mano se borra con el codo al exigir que una autoridad competente, sin establecer cuál es, declare expresamente como fuerza mayor o caso fortuito el hecho sujeto de análisis, dejando en el limbo su aplicación.

Así, el efectivo reconocimiento de los sucesos mencionados y de otros como: vandalismo, robo de infraestructura, asonada, alteración del orden público, sabotaje, conexiones no autorizadas, etc., contra la infraestructura y las redes, queda condicionado a la decisión de un funcionario indeterminado, sin que los afectados puedan demostrar directamente la ocurrencia de los hechos. Aquí se voltea la carga de la prueba y se desconoce el principio de la buena fe.

Ante situaciones de calamidad, de pandemia, de emergencia o de violencia, no resulta coherente que las autoridades limiten, injustificadamente, la prueba de la incidencia de estos fenómenos en la prestación del servicio. Tampoco tiene justificación que, para demostrar el impacto de estos hechos en la calidad del servicio, se tenga que adelantar previamente un proceso o acudir a una autoridad, cuando la normativa en los servicios públicos domiciliarios no exige ese requisito.

Estamos ante hechos que la doctrina y la jurisprudencia califican como públicos y notorios, sin requerir demostración porque son evidentes y no hace falta validarlos judicial o administrativamente.

Entonces, si pedimos imposibles, aún con buenas intenciones, terminamos siendo “más papistas que el Papa”.

CAMILO SÁNCHEZ ORTEGA
Presidente de Andesco

Anders Hjort

Gestor de proyectos y experto sénior del IVL Swedish Environmental Research

Anders es ingeniero (BSc) con más de 15 años de experiencia internacional en el desarrollo de proyectos de biogás, diseño de sistemas y gobernanza del sector. Cuenta con una amplia experiencia a lo largo de todo el ciclo de vida de los proyectos, desde la factibilidad y el diseño conceptual hasta la contratación, implementación y evaluación, aplicando el Modelo Nórdico de Biogás. Desde 2008, ha gestionado y/o asesorado más de 50 proyectos en Europa, África, América Latina y Asia, coordinando con ministerios del sector, municipios y socios privados para alinear los proyectos con las políticas nacionales de energía y gestión de residuos.

Como Asesor Principal de Biogás en IVL, Anders ha liderado importantes iniciativas sobre el desarrollo del mercado de biogás sostenible y digestato, formulación de políticas y estrategias, desarrollo de capacidades y fortalecimiento institucional. Posee una sólida trayectoria en mapeo de recursos, análisis de factibilidad técnico-económica (TEA) y diseño conceptual de plantas de biogás integradas en sistemas de energía eléctrica, térmica y transporte. Anders ha obtenido y gestionado alrededor de 1500 millones de coronas suecas (SEK) en subvenciones de inversión para infraestructuras e instalaciones de producción de Bio-CNG y Bio-LNG en la región nórdica.

Cuenta con experiencia en la facilitación de diálogos sobre políticas públicas y en la coordinación entre múltiples actores (ministerios, socios de desarrollo y el sector privado) para fortalecer los marcos del mercado del biogás. A través de su extensa experiencia profesional y formación interna avanzada en liderazgo y gestión de proyectos, equivalente a un nivel de posgrado, ha liderado con éxito grandes equipos interdisciplinarios y consultores técnicos. Es experto en asesorar a instituciones públicas sobre marcos normativos, esquemas de incentivos y modelos de financiamiento, así como en la creación de capacidades para ministerios y autoridades locales en contextos de países en desarrollo. Anders habla inglés y sueco con fluidez y tiene conocimientos básicos de español.


Ha sido profesora de las clases Lógica y Retórica, y Constitución y Democracia en la Universidad de Los Andes. Además, es autora del libro ‘Otras Culpas’ y ha sido columnista de los periódicos El Espectador, El País, el Diario del Huila, El Liberal y El Meridiano, entre otros, así como comentarista de opinión y analista política radial en Blu Radio de Caracol.